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Quel permis bateau avez-vous besoin ?

"Carnet de barco" es el nombre coloquial de los títulos náuticos de recreo. Cada uno te permite gobernar embarcaciones de cierta eslora y alejarte una distancia de la costa. El más popular es el PER.

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Les titres de loisir en Espagne

TitreLongueurDistance à la côte
Licence de Navigationjusqu'à 6 mjusqu'à 2 milles
PNBjusqu'à 8 mjusqu'à 5 milles
PERjusqu'à 15 mjusqu'à 12 milles
Patron de Yatejusqu'à 24 mjusqu'à 150 milles
Capitán de Yatesans limitesans limite
Título a título

Qué te permite cada carnet

Todos son “carnets de barco”, pero cada uno abre una puerta distinta. De menor a mayor alcance:

Licence de Navigation

La puerta de entrada. Habilita para gobernar embarcaciones a motor de hasta 6 metros, de día y hasta 2 millas de un puerto o lugar abrigado. Se obtiene con un curso, sin examen. Perfecta para dar tus primeras salidas, pero se queda corta enseguida.

PNB (Patrón para Navegación Básica)

Sube a embarcaciones a motor de hasta 8 metros (y a vela, con las prácticas de vela), sin alejarte más de 5 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo. La norma no le pone horario: también puedes navegar de noche. Ya requiere examen. Un buen primer paso si quieres empezar poco a poco. Tienes la ruta completa en curso PNB online.

PER (Patrón de Embarcaciones de Recreo)

El más popular, y con razón: hasta 15 metros y 12 millas de la costa, de día y de noche, e incluye la navegación entre islas en Baleares y Canarias. Es el que piden casi todas las empresas de alquiler y el que mejor relación esfuerzo–libertad ofrece. Puedes prepararlo en cours PER en ligne.

Patrón de Yate y Capitán de Yate

Para ir más lejos. El Patron de Yate amplía a 24 metros y 150 millas; el Capitán de Yate quita los límites de eslora y de distancia a la costa. Son el camino natural cuando el PER se te queda pequeño.

La duda más frecuente

¿Necesito carnet para navegar?

Desde el 1 de octubre de 2026 (art. 10 del RD 875/2014, en la redacción del RD 1188/2025), sin ninguna titulación puedes gobernar, para uso privado, embarcaciones de recreo a motor de hasta 5 metros de eslora y 15 CV como máximo, sin dispositivo reductor de potencia, y, para uso deportivo, veleros de hasta 6 metros. Siempre de día, sin alejarte más de 2 millas del puerto, marina o playa de salida y con 18 años cumplidos. Las motos náuticas no entran en esta excepción. Para cualquier cosa por encima de eso —más eslora o potencia, más distancia, navegar de noche o alquilar un barco a motor— necesitas un título, y el PER es el que cubre la mayoría de los casos.