Leitfaden

Welchen Bootsführerschein benötigst du?

"Bootsschein" ist der umgangssprachliche Name für die Freizeitbootsscheine. Jeder erlaubt es dir, Boote einer bestimmten Länge zu steuern und dich eine gewisse Entfernung von der Küste zu entfernen. Der beliebteste ist der PER.

Den PER machen
Vergleich

Die Freizeitlizenzen in Spanien

TitelLängeEntfernung zur Küste
Lizenz zum Navigierenbis 6 mbis zu 2 Seemeilen
PNBbis 8 mbis zu 5 Seemeilen
PERbis zu 15 mbis zu 12 Seemeilen
Yachtführerbis zu 24 mbis zu 150 Seemeilen
Kapitäne von Yachtenohne Limitohne Limit
Título a título

Qué te permite cada carnet

Todos son “carnets de barco”, pero cada uno abre una puerta distinta. De menor a mayor alcance:

Lizenz zum Navigieren

La puerta de entrada. Habilita para gobernar embarcaciones a motor de hasta 6 metros, de día y hasta 2 millas de un puerto o lugar abrigado. Se obtiene con un curso, sin examen. Perfecta para dar tus primeras salidas, pero se queda corta enseguida.

PNB (Patrón para Navegación Básica)

Sube a embarcaciones a motor de hasta 8 metros (y a vela, con las prácticas de vela), sin alejarte más de 5 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo. La norma no le pone horario: también puedes navegar de noche. Ya requiere examen. Un buen primer paso si quieres empezar poco a poco. Tienes la ruta completa en curso PNB online.

PER (Patrón de Embarcaciones de Recreo)

El más popular, y con razón: hasta 15 metros y 12 millas de la costa, de día y de noche, e incluye la navegación entre islas en Baleares y Canarias. Es el que piden casi todas las empresas de alquiler y el que mejor relación esfuerzo–libertad ofrece. Puedes prepararlo en Online-Kurs PER.

Patrón de Yate y Capitán de Yate

Para ir más lejos. El Yachtführer amplía a 24 metros y 150 millas; el Kapitäne von Yachten quita los límites de eslora y de distancia a la costa. Son el camino natural cuando el PER se te queda pequeño.

La duda más frecuente

¿Necesito carnet para navegar?

Desde el 1 de octubre de 2026 (art. 10 del RD 875/2014, en la redacción del RD 1188/2025), sin ninguna titulación puedes gobernar, para uso privado, embarcaciones de recreo a motor de hasta 5 metros de eslora y 15 CV como máximo, sin dispositivo reductor de potencia, y, para uso deportivo, veleros de hasta 6 metros. Siempre de día, sin alejarte más de 2 millas del puerto, marina o playa de salida y con 18 años cumplidos. Las motos náuticas no entran en esta excepción. Para cualquier cosa por encima de eso —más eslora o potencia, más distancia, navegar de noche o alquilar un barco a motor— necesitas un título, y el PER es el que cubre la mayoría de los casos.